Sabías que sí vas a viajar próximamente en avión debes conocer tus derechos, presta atención porque este artículo te interesa. Te contamos cuáles son tus derechos en caso de retraso,
cancelación y otros problemas que puedan surgir.
En caso de que tu vuelo sea retrasado entre
dos y cuatro horas, la compañía está obligada no sólo a ofrecerte información
en todo momento, sino también a proporcionarte un refrigerio de forma
voluntaria. Sí el vuelo se retrasa más de cuatro horas, la compañía debe ofrecerte
además de lo anterior, la posibilidad de realizar una llamada y la manutención
para las horas de espera, es decir, desayuno, almuerzo y cena. En caso de que
el retraso tenga lugar después de las 22h, la compañía deberá ofrecerte además
un alojamiento totalmente gratuito. Cuando el retraso supere las 5 horas,
tienes derecho a percibir el reembolso integro de tu billete, ¡siempre y cuando
decidas no utilizarlo! Esta devolución se realizará en un plazo máximo de 7
días.
Sí tenias un hotel reservado y no has podido llegar a causa
de un retraso, la compañía no está obligada a hacerse cargo de dichos gastos,
aun así, legalmente puedes hacer una demanda a los Tribunales civiles
competentes por daños y prejuicios, según el convenio de Montreal.
En caso de que por culpa del retraso hayas perdido la
conexión con otro vuelo, a pesar de que la compañía no está obligada a hacerlo,
probablemente se encargue de proporcionarte otro vuelo y de cubrir los gastos
de alojamiento sí ello fuera necesario.
Sí tu vuelo se ha cancelado la
compañía va a ofrecerte un nuevo vuelo o la posibilidad de llegar a tu destino
con algún medio de transporte alternativo que dependerá de la distancia,
siempre a cargo de la empresa. Pero sí lo prefieres, también puedes obtener el
reembolso del precio del billete.
Igual que en caso de retraso, la compañía aérea está
obligada a ofrecerte asistencia durante las horas de espera entre la
cancelación de tu vuelo y la alternativa propuesta, es decir, información,
manutención, alojamiento y una llamada al lugar de destino. En cambio, la
empresa no tiene la obligación de sufragar los gastos que pueda ocasionar dicha
cancelación, es decir, en caso de que hayas perdido una noche de hotel o tengas
que coger un taxi en lugar de los transportes públicos, la compañía no tiene
porqué ocuparse de dichos cargos. A pesar de ello, puedes presentar una demanda
ante el Tribunal Civil pertinente por daños y perjuicios.
En algunos casos de cancelación, puedes percibir una
compensación económica que dependerá de la distancia de tu viaje y oscilará
alrededor de los 250€ sí tu viaje es de menos de 1.500 km, 400€ sí el viaje es
de entre 1.500 km y 3.500 km y 600€ sí el viaje es superior a 3.500 km. En caso de
que la compañía te ofrezca un vuelo alternativo que llegue como máximo dos
horas más tarde a la hora de llegada de tu vuelo inicial para los viajes cortos
y cuatro horas en el caso de los viajes largos, la compensación económica se
reduciría a la mitad.
En caso de que tu cancelación se haya producido por
circunstancias extraordinarias, es decir, por causas que escapan al control de
la aerolínea y que no podrían haberse evitado tomando las medidas necesarias,
no tendrás derecho a ninguna compensación económica, pero la compañía sí deberá
ofrecerte una alternativa de transporte (aéreo o terrestre) y proporcionarte la
asistencia necesaria, como ya hemos dicho antes, información, manutención,
alojamiento y una llamada. El reglamento no define claramente las circunstancias
extraordinarias, pero normalmente se consideran así las condiciones
meteorológicas adversas, las huelgas o inestabilidades políticas o los déficits
de seguridad.
Sí se te ha denegado el acceso al avión por causa de overbooking,
primero debes saber que dicha práctica es totalmente legal. Se permite a las
compañías vender más billetes que la capacidad del avión porqué hay una
previsión de que cierto número de pasajeros no asistirán al vuelo. Esto permite
a la compañía obtener más beneficio. Por supuesto, dicha previsión no se
cumplirá siempre.
Sí te has visto afectado por ello, la compañía debe ofrecerte
o bien un vuelo alternativo o bien el reembolso integro del precio del billete.
Además, tienes derecho a una compensación económica que dependerá, como en el
caso de las cancelaciones, de las distancia del trayecto y oscilará entre los
150€ y los 300€. Aunque aceptes el vuelo alternativo, continúas teniendo
derecho a la compensación económica.
A pesar de ello, sí el nuevo vuelo llega
con menos de dos horas de retraso respecto al primer vuelo en las distancias de
menos de 1.500 km y de cuatro horas en distancias de menos de 3.500 km, la
compensación económica puede verse dividida a la mitad. Y no olvides que sí te
ofrecen viajar en una categoría menor de la que habías pagado, están obligados
a reembolsarte la diferencia de precio entre los dos billetes.
Finalmente, recuerda que en todos los aeropuertos
existen hojas de reclamaciones a tu disposición que puedes presentar en un
plazo máximo de 7 días para los vuelos nacionales y de 21 días para los vuelos
internacionales.