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lunes, 17 de junio de 2013

Tus derechos de pasajero aéreo

Sabías que sí vas a viajar próximamente en avión debes conocer tus derechos, presta atención porque este artículo te interesa. Te contamos cuáles son tus derechos en caso de retraso, cancelación y otros problemas que puedan surgir.


En caso de que tu vuelo sea retrasado entre dos y cuatro horas, la compañía está obligada no sólo a ofrecerte información en todo momento, sino también a proporcionarte un refrigerio de forma voluntaria. Sí el vuelo se retrasa más de cuatro horas, la compañía debe ofrecerte además de lo anterior, la posibilidad de realizar una llamada y la manutención para las horas de espera, es decir, desayuno, almuerzo y cena. En caso de que el retraso tenga lugar después de las 22h, la compañía deberá ofrecerte además un alojamiento totalmente gratuito. Cuando el retraso supere las 5 horas, tienes derecho a percibir el reembolso integro de tu billete, ¡siempre y cuando decidas no utilizarlo! Esta devolución se realizará en un plazo máximo de 7 días.

Sí tenias un hotel reservado y no has podido llegar a causa de un retraso, la compañía no está obligada a hacerse cargo de dichos gastos, aun así, legalmente puedes hacer una demanda a los Tribunales civiles competentes por daños y prejuicios, según el convenio de Montreal.

En caso de que por culpa del retraso hayas perdido la conexión con otro vuelo, a pesar de que la compañía no está obligada a hacerlo, probablemente se encargue de proporcionarte otro vuelo y de cubrir los gastos de alojamiento sí ello fuera necesario.


Sí tu vuelo se ha cancelado la compañía va a ofrecerte un nuevo vuelo o la posibilidad de llegar a tu destino con algún medio de transporte alternativo que dependerá de la distancia, siempre a cargo de la empresa. Pero sí lo prefieres, también puedes obtener el reembolso del precio del billete.

Igual que en caso de retraso, la compañía aérea está obligada a ofrecerte asistencia durante las horas de espera entre la cancelación de tu vuelo y la alternativa propuesta, es decir, información, manutención, alojamiento y una llamada al lugar de destino. En cambio, la empresa no tiene la obligación de sufragar los gastos que pueda ocasionar dicha cancelación, es decir, en caso de que hayas perdido una noche de hotel o tengas que coger un taxi en lugar de los transportes públicos, la compañía no tiene porqué ocuparse de dichos cargos. A pesar de ello, puedes presentar una demanda ante el Tribunal Civil pertinente por daños y perjuicios.

En algunos casos de cancelación, puedes percibir una compensación económica que dependerá de la distancia de tu viaje y oscilará alrededor de los 250€ sí tu viaje es de menos de 1.500 km, 400€ sí el viaje es de entre 1.500 km y 3.500 km y 600€ sí el viaje es superior a 3.500 km. En caso de que la compañía te ofrezca un vuelo alternativo que llegue como máximo dos horas más tarde a la hora de llegada de tu vuelo inicial para los viajes cortos y cuatro horas en el caso de los viajes largos, la compensación económica se reduciría a la mitad.

En caso de que tu cancelación se haya producido por circunstancias extraordinarias, es decir, por causas que escapan al control de la aerolínea y que no podrían haberse evitado tomando las medidas necesarias, no tendrás derecho a ninguna compensación económica, pero la compañía sí deberá ofrecerte una alternativa de transporte (aéreo o terrestre) y proporcionarte la asistencia necesaria, como ya hemos dicho antes, información, manutención, alojamiento y una llamada. El reglamento no define claramente las circunstancias extraordinarias, pero normalmente se consideran así las condiciones meteorológicas adversas, las huelgas o inestabilidades políticas o los déficits de seguridad.


Sí se te ha denegado el acceso al avión por causa de overbooking, primero debes saber que dicha práctica es totalmente legal. Se permite a las compañías vender más billetes que la capacidad del avión porqué hay una previsión de que cierto número de pasajeros no asistirán al vuelo. Esto permite a la compañía obtener más beneficio. Por supuesto, dicha previsión no se cumplirá siempre.

Sí te has visto afectado por ello, la compañía debe ofrecerte o bien un vuelo alternativo o bien el reembolso integro del precio del billete. Además, tienes derecho a una compensación económica que dependerá, como en el caso de las cancelaciones, de las distancia del trayecto y oscilará entre los 150€ y los 300€. Aunque aceptes el vuelo alternativo, continúas teniendo derecho a la compensación económica.

A pesar de ello, sí el nuevo vuelo llega con menos de dos horas de retraso respecto al primer vuelo en las distancias de menos de 1.500 km y de cuatro horas en distancias de menos de 3.500 km, la compensación económica puede verse dividida a la mitad. Y no olvides que sí te ofrecen viajar en una categoría menor de la que habías pagado, están obligados a reembolsarte la diferencia de precio entre los dos billetes.

Finalmente, recuerda que en todos los aeropuertos existen hojas de reclamaciones a tu disposición que puedes presentar en un plazo máximo de 7 días para los vuelos nacionales y de 21 días para los vuelos internacionales.